jueves, 20 de noviembre de 2014

EL SISTEMA NACIONAL DE PLANIFICACIÓN DE VENEZUELA

El Sistema Nacional de Planificación de Venezuela tiene entre sus objetivos contribuir a la optimización de los procesos de definición, formulación, ejecución y evaluación de las políticas publicas en cada uno de sus niveles, a la efectividad, eficacia y eficiencia en el empleo de los recursos públicos dirigidos a la consecución, coordinación y armonización de los planes, programas y proyectos para la transformación del país, a través de una justa distribución de la riqueza, mediante una planificación estratégica, democrática, participativa y de consulta abierta, para el logro de las metas establecidas en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación.

SISTEMA DE PLANIFICACION PÚBLICA EN VENEZUELA

La planificación en Venezuela comienza a formar parte de las políticas nacionales junto con la naciente democracia en el año 1958, cuando la Junta de Gobierno de la República de Venezuela crea la Oficina Central de Coordinación y Planificación (CORDIPLAN). Esta Oficina estaba destinada a auxiliar al Presidente de la República, al Consejo de Ministros y a los demás centros de decisión del Gobierno, en la formulación e instrumentación de la estrategia de desarrollo económico - social del país, promoviendo para tal efecto los planes, políticas y proyectos Nacionales. En 1993, mediante decreto Ley se crea el Fondo Intergubernamental para la Descentralización (FIDES), un servicio autónomo, sin personalidad jurídica, con autonomía funcional, financiera y de gestión, adscrito a CORDIPLAN y orientada a apoyar administrativa, técnica y financieramente el proceso de descentralización.

En 1999, el Presidente de la República otorga a la oficina carácter de Ministerio de Planificación y Desarrollo, (CRBV, Artículo 194). Paralelamente, desde la instauración de la democracia y la creación de CORDIPLAN, se han elaborado planes quinquenales de desarrollo por los gobiernos electos en cada período desde 1958. Esto es, el Plan de la Nación, instrumento fundamental para organizar el desempeño de la acción del Estado Venezolano en función de los objetivos contenidos en la CRBV. El Plan de la Nación es un documento oficial de imperativo cumplimiento para todas las instituciones, instancias y niveles de la administración pública centralizada y descentralizada, mientras que es sólo de carácter indicativo para el sector privado.

Estos antecedentes de planificación en nuestro país evidencian una actividad planificadora que ha sobrevivido ininterrumpidamente durante cincuenta años.Como rasgo preponderante, la planificación se mantiene como mandato constitucional (CRBV, Artículo 299) la cual establece que “…el Estado, conjuntamente con la iniciativa privada promoverá el desarrollo armónico de la economía nacional… mediante una planificación estratégica, democrática, participativa y de consulta abierta”. Esta declaración sirvió de preámbulo para la Ley Orgánica de Planificación de 2001, los Lineamientos Generales de Desarrollo Económico-Social 2001-0712, el diseño e implantación del Sistema Nacional de Planificación para ese mismo período, y  Plan Nacional de Desarrollo Regional 2001 – 2007.el anteproyecto de la Ley Orgánica para la Planificación Pública que prepara actualmente la Subcomisión del Poder Local y Planificación Participativa de la Comisión Permanente de Participación Ciudadana de la Asamblea Nacional.


De igual forma, la CRBV vigente crea tres de los niveles de los Consejos de
Planificación que son: el Consejo Federal, artículo 185, los Consejos Estadales, artículo 166 y los Consejos Locales, artículo 182 (ver Figura 1). Posteriormente, en la Ley de Consejos Locales se crean los Comunales y Parroquiales, completando los cinco niveles de planificación, “...El Consejo Local de Planificación Pública promoverá la Red de consejos parroquiales y comunales en cada uno de los espacios de la sociedad civil...”, artículo 8, Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública.

El Sistema Nacional de Planificación 2001-07 , que sirve como argumento al anteproyecto de Ley actualmente en preparación, comprende los cincos niveles de planificación arriba mencionados y la articulación de un conjunto sistemático de planes de distinto tipo y alcance nacionales, institucionales, sectoriales y operativos, además de una red de instancias estatales y públicas nacionales, regionales, estadales y municipales responsables de elaborar e impulsar la actividad de planificación de acuerdo a los mandatos establecidos en la CRBV vigente desde 1999 y el resto de leyes.

Unido a esto, en materia de planificación y desarrollo regional, estadal y municipal, el sistema supone los planes regionales de desarrollo a cargo de los organismos pertinentes, artículo 23 de la LOP, los planes estadales de desarrollo a cargo del gobernador de la entidad federal, artículo 24 de la misma ley bajo la coordinación de los Consejos Estadales de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas según los establece el subsiguiente artículo 25 y, los planes municipales de desarrollo siendo responsable el alcalde de cada municipio como máxima autoridad civil declarada en la LOP, artículo 26, bajo la coordinación del respectivo Consejo Local de Planificación Pública, artículo 27. Este marco organizativo de instancias, planes, órganos y autoridades responsables, ofrece una estructura de oportunidades de desarrollo local, resaltando el Municipio como protagonista del mismo.



ORGANISMOS QUE PARTICIPAN EN LA PLANIFICACION VENEZOLANA

v  Nivel Central: Conformado por el Presidente de la República en Consejo de Ministros, representando la suprema autoridad o instancia de decisión política del sistema. A diferencia del nivel técnico administrativo, representado por CORDIPLAN; que tiene como función fundamental asistir en materia de planificación al Presidente de la República y al Consejo de Ministros. Expresamente le corresponde coordinar, promover, orientar y compatibilizar, en las distintas instancias del sistema, el proceso de formulación de los planes de largo, mediano y corto plazo. Además, se cuenta con otras oficinas de apoyo adscritas a la Presidencia de la República, como son: La Oficina Central de Estadística e Informática (OCEI) y la Oficina Central de Presupuesto (OCEPRE), las cuales actúan interrelacionadamente, de acuerdo a sus competencias.

v  Nivel Sectorial: Este nivel se incorpora formalmente al sistema de planificación a partir de 1971, de acuerdo a lo pautado en el Reglamento del Estatuto Orgánico de Ministerios, donde se establece las Direcciones de Planificación y Presupuesto en todos los Ministerios, con expresas funciones como órganos sectoriales de planificación, pero sin estar vinculados funcionalmente a CORDIPLAN. Este nivel está sujeto a modificaciones periódicas, que se relacionan con reformas que de tiempo en tiempo se producen en la Administración Central.

v  Nivel Regional: Este nivel fue considerado importante en el proceso de planificación por su relevante contribución al proceso de desarrollo nacional. Por ello, en el Decreto de creación de CORDIPLAN se estimula la representación de los organismos regionales, que aparecen progresivamente en la década del 60 como las Corporaciones de Desarrollo Regional, y también la atención al tratamiento de la realidad físico – espacial del país, pues es evidente la necesidad de definir áreas especiales de acción por parte del Estado, para coordinar la intervención de los distintos entes oficiales. En 1969, se promulga el Decreto 72, donde se define por primera vez un sistema de regiones del país, el cual es revisado y ajustado en ocasiones sucesivas tanto en lo que respecta a los límites regionales, como a los organismos y mecanismos para operar la planificación regional.

ORGANISMOS DE PLANIFICACIÓN REGIONAL

Son oficinas regionales segun Ponce 1998 "las que dependeran de la oficina central cuyas atribuciones corresponden a la elaboración y ejecución de proyectos de planes regionales, asesoramiento a las gobernaciones y consejos municipales" (p 149)

ORCOPLAN: oficina de coordinación y planificación del desarrollo de la región Capital en donde se encarga de la organización, planificación y ejecución de planes para el desarrollo armónico y sustentable de dicha región.

CORPOCENTRO: Corporación del Centro, es el encargado de planificar para la región Central.


CORPOLLANOS: Corporación de Los Llanos, abarca los planes de desarrollo en la región de Los Llanos.

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Estos organismos tienen objetivos similares al resto de los organismos de desarrollo regional.

FUDECO: Fundación para el Desarrollo de la Región Centro-Coccidental, su objetivo impulsa, coordina y estudia planes de inversión en los diferentes sectores económicos a nivel regional.

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CORPOOOCIDENTE: Corporación Centro Occidental, promueve el desarrollo económico y armónico de los diferentes estados que conforman la región centro occidental.

CORPOANDES: Corporación de los Andes, su objetivo es promover el desarrollo económico e integral de los estados que integran esta región ajustandolos a los planes de desarrollo a nivel nacional.

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CONZUPLAN: Consejo Zuliano de Planificación, asesora al gobierno del Zulia en los proyectos y programas de desarrollo, ademas facilita, ejecuta, planifica, coordina las actividades económicas de la región, ademas de promover el desarrollo del Zulia.

CORPOZULIA: Corporación del desarrollo de la región Zuliana, promueve el desarrollo armónico en las actividades económicas, ademas de ajustar los planes de desarrollo regional a los presupuesto a nivel nacional.

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CORPORIENTE: Corporación de de desarrollo de la región Nor-oriental, suscita el desarrollo integral y armónico de la región en conformidad con los lineamientos establecidos por el ejecutivo nacional.

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C.V.G.: Corporación Venezolana de Guayana, estudia, rpomueve y ejecuta planes para el desarrollo y aprovechamiento del potencial hidroeléctrico del río Caroní, ademas de coordinar los diferentes planes estratégicos propuestos a nivel nacional.


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LEY ORGÁNICA DE PLANIFICACIÓN PÚBLICA
TÍTULO I
DISPOSICIONES FUNDAMENTALES

TITULO II
DEL SISTEMA NACIONAL DE PLANIFICACIÓN
Capítulo I
Disposiciones Generales

Capítulo II
De la Rectoría del Sistema Nacional de Planificación

Sección Primera
De los Ámbitos Territorial, Cultural y Socioproductivo

TITULO III
DE LOS PLANES
Capítulo I
Disposiciones Generales

Capítulo II
De los Planes Estratégicos
Sección Primera
Disposiciones Generales

Sección Segunda
Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación

Sección Tercera
Plan de Desarrollo Regional

Sección Cuarta
Plan de Desarrollo Estadal


Sección Quinta
Plan Municipal de Desarrollo

Sección Sexta
Plan Comunal de Desarrollo

Sección Séptima
Plan Estratégico Institucional de los Órganos y Entes

Sección Octava
Planes Sectoriales

Capítulo III
De los Planes Operativos
Sección Primera
Disposiciones Comunes Generales

Sección Tercera
Plan Operativo Regional

Sección Cuarta
Plan Operativo Estadal

Sección Quinta
Plan Operativo Municipal

Sección Séptima
Plan Operativo Comunal

TÍTULO IV
DE LAS SANCIONES

RELACIÓN DE PLANIFICACIÓN Y EL PRESUPUESTO EN EL SECTOR PÚBLICO

Tanto la planificación como el presupuesto son instrumentos que son iguales de útiles en organismos gubernamentales y privados.

Antes de hacer un estudio en cuanto a su relación, es necesario referirse al proceso que debe servir de marco de informe para que así éstas puedan ser programadas y ejecutadas con objetivos claros y viables.

No obstante cabe destacar que existe una diversidad de conceptos relacionados con la planificación y el presupuesto, por lo tanto solo se hará referencia de ello de manera introductoria.

De tal forma se puede establecer que el presupuesto es un acto de gobierno por el cual se prevén los ingresos y gastos y se autorizan por un periodo futuro determinado, el cual es de un año, es decir, el presupuesto constituye un instrumento (materializado en un documento), teniendo así éste documento carácter exclusivamente informativo, tal como lo establece el primer aparte del articulo 2 de la Ley Orgánica del Régimen Presupuestario, en donde se refleja la autorización de los montos de gasto público que serán ejecutados en un año y la estimación de los ingresos que se recaudaran para cubrir tales montos.

FASES DE LA PLANIFICACION VENEZOLANA

v  Construcción: definición en un plan de una o varias imágenes objetivos, partiendo de determinadas condiciones iniciales y estableciendo las trayectorias que conduzcan de las condiciones iniciales a la imagen objetivo
v  Imagen objetivo: el conjunto de proposiciones deseables a futuro para un período determinado, elaboradas por los órganos de planificación.
v  Condiciones iniciales: un conjunto de características de la realidad del país al momento de la planificación
v  Trayectorias: las vías de transición de las condiciones iniciales a la imagen objetivo.
v  Evaluación de resultados: la valoración de los órganos de planificación, que les permite comprobar el cumplimiento de los objetivos y metas establecidas en el plan.
v  Control social: la participación de los sectores sociales en la supervisión y evaluación del cumplimiento de las acciones planificadas, y la proposición de correctivos, cuando se estimen necesarios.
v  Seguimiento a la trayectoria: la potestad de los órganos de planificación de evaluar si las acciones implementadas conducen al logro de las metas y objetivos establecidos en el plan, o si aquéllas deben ser modificadas.
v  Medición del impacto: de las acciones de la planificación, conocer sus efectos en el logro de la imagen objetivo.